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La conciliación de la vida laboral y la vida familiar es la posibilidad que los trabajadores y trabajadoras tengan la opción de compatibilizar su faceta profesional y su vida personal junto a la familia, es decir, que la persona pueda desarrollarse plenamente en los dos ámbitos.
Por un lado, que el trabajor o trabajadora desarrolle su trabajo de manera eficiente, teniendo tiempo sufienciente para cubrir las necesidades familiares que le acarrean, ya sea maternidad, paternidad, familiares con discapacidad, enfermedad,etcétera y aún así tenga tiempo para descansar o emplearlo en ocio y formación.
Entre las medidas de conciliación de la vida laboral y la vida familiar podemos encontrar como las más características:
Cuando se realiza una baja por maternidad tiene se obtienen 16 semanas de baja ininterrumpidas desde el día del parto en todo el territorio español. Para optar a esta baja se debe haber cotizado al menos 180 días dentro de los 7 años anteriores al nacimiento del bebé, o bien 360 días a lo largo de su vida laboral.
La baja por paternidad, desde el 1 de enero de 2017 es de 1 mes, y las condiciones para solicitarlas son las mismas que la baja por maternidad.
Una excedencia es un parón en la vida laboral del trabajador, por motivos familiares, ya sea por cuidados de familiares o de hijos, dejando de percibir a su vez su salario durante este tiempo. De forma general, los trabajadores pueden acogerse a excedencias voluntarias de entre 4 meses y 5 años de duración siempre que tengan al menos 1 año de antigüedad en la empresa con la particularidad que en ese tiempo puede volver a su puesto de trabajo.
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